El Gobierno Nacional ha declarado el estado de conmoción interior en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Río de Oro y González del departamento del Cesar mediante el Decreto 62 de 2025. Esta medida se ha tomado debido a la grave perturbación del orden público causada por los enfrentamientos armados entre grupos ilegales, que ha generado una crisis humanitaria y ha afectado gravemente la seguridad y la convivencia ciudadana.
Para financiar la intervención estatal en la región, se han adoptado medidas tributarias extraordinarias a través del Decreto 0175 de 2025. Estas medidas buscan obtener recursos adicionales para atender la emergencia, estabilizar la región y reconstruir la infraestructura afectada.
Nuevos Impuestos:
Se han implementado tres nuevos impuestos con el fin de financiar la intervención en la región:
- IVA a juegos de azar online: Se gravan con IVA los juegos de azar operados exclusivamente por internet, tanto en el territorio nacional como desde el exterior. La base gravable es el valor del depósito en dinero dividido por 1,19.La tarifa es la misma que la general del IVA (19%).
- Impuesto Especial para el Catatumbo: Se crea un impuesto temporal que grava la extracción en el territorio nacional de hidrocarburos y carbón al momento de la primera venta o la exportación. La tarifa es del 1% sobre la base gravable, que es el valor de la venta o el valor FOB en caso de exportación.
- Impuesto de timbre: Se modifica temporalmente la tarifa del impuesto de timbre al 1% sobre los instrumentos públicos y documentos privados que se otorguen o acepten en el país, o que se otorguen fuera del país pero que se ejecuten en el territorio nacional o generen obligaciones en el mismo.
Vigencia de los nuevos impuestos:
Las tributarias establecidas en el Decreto 0175 de 2025 entran en vigencia el quinto día hábil siguiente a su publicación (es decir medidas, el 20 de febrero de 2025) y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2025.
Recomendaciones para Empresarios:
- Analizar el impacto de las nuevas medidas tributarias en sus operaciones y finanzas.
- Tomar las medidas necesarias para cumplir con sus obligaciones tributarias.
- Mantenerse informados sobre la implementación y aplicación de estas medidas a través de los canales oficiales.
- Considerar las oportunidades de participación en la reconstrucción y reactivación económica de la región.
Nota: Este resumen se basa en el análisis del Decreto 62 de 2025 y el Decreto 0175 de 2025 y no constituye una asesoría legal o financiera. Se recomienda a los empresarios consultar con sus asesores tributarios para obtener información específica sobre su situación particular.
